La exclusión política y los mecanismos de marginalidad como soporte de la organización y consolidación del Estado Nación Argentino. Un recorrido en clave historiográfica
The political exclusion and the mechanisms of marginality as support of the organization and consolidation of the Argentine Nation State. A tour in historiographic key
Emanuel StefanelliA partir de la disolución del orden colonial, la construcción de la Nación y la organización del Estado resultó un imperativo creciente en los planes de las elites dirigentes argentinas. En la concepción liberal decimonónica, la fundación de un nuevo orden implicaba necesariamente una noción del ciudadano como parte de la legitimación del régimen político. Para mediados del siglo XIX la puesta en marcha del proyecto hegemónico de los sectores dominantes avanzará en los intentos por suprimir el pasado, apelando a la imagen fundadora de “civilización” y “barbarie” y orientando su voluntad de transformación sobre la base del discurso de progreso. En función de esto, se dará lugar a la construcción de los contornos de la ciudadanía y la estricta demarcación por parte de las elites gobernantes del alcance y la restricción de los derechos civiles y políticos. Las virtudes igualitarias de la pretendida república “abierta” entrarán en constante contradicción con la desconfianza de las elites hacia la “incapacidad” de las masas para determinar el futuro de la Nación. El corolario de estas posturas terminará por definir la instauración de una república “restrictiva”, entendida como el modelo de república “posible” y legitimada a partir de la distinción entre habitantes y ciudadanos.
A partir de lo dicho, este ensayo tiene por objetivo reflexionar acerca de los procesos de exclusión política, sus destinatarios y los fundamentos esgrimidos para explicar los mecanismos de marginalidad que darán sustento a la organización (1852-1880) y consolidación (1880-1955) del Estado Argentino. La intención es analizar y comprender las múltiples formas de exclusión sobre las que se amparan los procesos clasificatorios de fines del siglo XIX y principios del siglo XX. Se pretende mostrar entonces cómo la imposición coercitiva de una lógica de inclusión excluyente permitió forjar el proyecto hegemónico de las elites dirigentes.
El enfoque teórico-metodológico que sustenta este escrito es producto del curso de posgrado “Ciudadanía y exclusión política en la Argentina del siglo XX”. Este encuentro ofició como un espacio de discusión e intercambio fecundo para repensar el concepto de exclusión y el carácter dinámico y polisémico que actualmente adquiere al interior de las sociedades contemporáneas. En efecto, la inclusión y proliferación de estudios recientes sobre esta temática brindan nuevas claves para analizar, desde el campo de las ciencias sociales, las tensiones subyacentes a la relación entre Estado y sociedad civil en las diferentes coyunturas histórico-políticas de nuestro país.
La reflexión final pretende recuperar las reformulaciones atribuidas al concepto de ciudadanía y los desafíos que hoy enfrentan los regímenes democráticos respecto de las nuevas condiciones sociales introducidas por el mundo globalizado.
Hacia fines del siglo XIX y principios del siglo XX, el ya iniciado proceso de exclusión política se constituye como marca de origen de la organización y consolidación del Estado Argentino (Ruffini, 2009). La reestructuración de todos los componentes de la vida social a través de la realización de un plan civilizatorio, estará acompañada de la modernización de la educación, el impulso de un modelo productivo agro-exportador receptor de capitales extranjeros y la intención manifiesta de incorporar al Estado Argentino la llegada de inmigrantes europeos.
Así, la existencia del aparato estatal, como instancia de organización del poder y ejercicio de la dominación política (Oszlak, 1982), implicará inexorablemente la afirmación de un determinada matriz identitaria. En efecto, la delimitación de un “nosotros” traerá consigo la imposición de un sesgo homogeneizador que reducirá la diversidad del cuerpo social a una lógica de la mismidad, en donde se invisibiliza la diferencia y se instituyen los sujetos portadores de los atributos de la “otredad”. Al respecto, O´Donnell, Iazzetta y Vargas Cullel (2003) señalan que la definición de Estado incluye al menos tres dimensiones posibles; la última de ellas, el estado como foco de identidad colectiva para los habitantes del territorio, nos invita a reflexionar acerca del rol del funcionario político en el establecimiento de la idea de un estado-para-la-nación. Esta afirmación, dirán los autores, se encuentra dirigida al reconocimiento generalizado de un “nosotros” que apunta a crear una identidad colectiva, la cual estará por encima y deberá prevalecer sobre los conflictos y clivajes sociales. Esta dimensión, tan difundida en la Argentina de fines del siglo XIX, nos permite suponer la intención manifiesta de la acción estatal por neutralizar el carácter histórico –y por tanto, conflictivo- que subyace a toda definición y distinción identitaria.
A pesar de la pretensión integracionista, el incipiente proceso de organización del Estado canalizó a través de la figura del ciudadano la imposición coercitiva de múltiples formas de exclusión que legitimaron el nuevo orden social. La díada inclusión/exclusión formará parte de los recursos adoptados por la elite gobernante para implementar el viraje político y la construcción de la Nación liberal. Esto, sumandoconcepto moderno de ciudadanía nos remite necesariamente al reconocimiento de un sujeto de derechos, miembro de la polis y una comunidad política en el marco de un Estado. Ello expresa una de las dimensiones de la ciudadanía, vinculada al status o condición de ciudadano y a los derechos, deberes y privilegios que se derivan de esa condición (Garreton, 2006). Esta noción centrada en la idea del individuo no agota el significado de ciudadanía sino, por el contrario, amplía su perspectiva y nos permite preguntarnos acerca de los matices que adoptó el proceso de ciudadanización en los distintos momentos de nuestra historia.
Al interior de cada régimen, las características de los actores que son admitidos y excluidos se modifican de acuerdo a las prácticas de regulación y los modos de dominación política. En efecto, toda construcción de la ciudadanía política se establece sobre una lógica inclusiva que funciona como fuente de legitimidad, diseñada a partir del reconocimiento legal y reglado de ciertos atributos y, a su vez, la abdicación y exclusión, también legal y reglado, de ciertos otros. Bajo esta perspectiva, la inclusión es tal por la imposición arbitraria de la exclusión, entendida esta última, como una forma de discriminación negativa que obedece a reglas estrictas de construcción en una sociedad dada (Karsz, 2004).
En el caso argentino, la construcción de la ciudadanía política se gestionó como un movimiento “desde arriba”, es decir, por vía estatalista (Zincone, 1989), implementando fuertes prácticas clasificatorias que devino en la inclusión subordinada de amplios sectores potencialmente “disruptivos” para el orden: mujeres, extranjeros, indígenas y habitantes de los territorios nacionales.
A partir del ejercicio de los derechos políticos de estos segmentos sociales es posible analizar y distinguir los itinerarios de exclusión y los mecanismos de marginalidad del universo asimétrico sobre el que se organizó el Estado Nación. Por largo tiempo, la extensión de estos derechos fue intensamente “tutelada” por las clases dirigentes a través del resguardo de los privilegios del sistema político. El argumento central de esta oposición residía en la “incapacidad” de los excluidos para participar de los actos electorales de la vida republicana, delimitado por la “carencia” en los atributos y facultades ciudadanas. En otros términos, estaba en juego la “presunción de agencia” de los habitantes, es decir, si contaban con razón práctica y autonomía suficiente para decidir el curso y el destino de la Nación (O´Donnell, et al., 2003). Cabe la pregunta entonces: ¿Cual serán los atributos y capacidades que habrán de tener los sujetos para “acceder” a la condición de agentes?
Antes de continuar, es preciso señalar que la limitación de los derechos políticos no implica necesariamente el cercenamiento de las libertades políticas. El concepto de derechos políticos enfatiza fundamentalmente en la participación a votar o ser electo en el marco de un sistema legal delimitado por el territorio de un Estado (O´Donnell, et al., 2003).
Ahora bien, en el contexto socio-histórico de fines de siglo XIX y principios del siglo XX, los contornos de los derechos políticos son al menos difusos y contradictorios. Su atribución nos permite identificar los sujetos destinatarios de estos derechos y, al mismo tiempo, diferenciar aquellos a los cuales les son vulnerados su ejercicio.
La organización de las relaciones sociales y la formación de un marco institucional apropiado para sostener la legitimidad del Estado Nación surgirán como consecuencia de la mutua determinación con los diferentes componentes de la sociedad civil. A partir de esta premisa debe situarse el punto de partida del proyecto de las clases dominantes en la construcción del concepto de ciudadanía de fines de siglo XIX y principios del siglo XX.
Para ese momento, la diversidad y extensión geográfica del territorio sumado a la heterogeneidad de su población, constituía una preocupación para las aspiraciones políticas de la generación del ´80. En esa época el funcionamiento de las estructuras administrativas del estado destinó importantes esfuerzos para delimitar e instituir el proceso de formación territorial. La extensión del espacio de dominación de los nuevos estados resultó ser una de las principales características en la construcción del imaginario fundante de la nación moderna. Como nos indica Navarro Floria (2011), el proceso de racionalización del territorio a cargo de los sectores dirigentes trajo consigo la conceptualización de los espacios marginales en tierras remotas, vacíos o “desiertos” inhóspitos. En efecto, la invención del concepto de “desierto” como representación del sur pampeano-patagónico devino en uno de los dispositivos de “domesticación” propios de esa marginalidad, la cual se utilizará para designar los espacios no dominados e integrados al sistema de explotación, convirtiéndolo en “objeto de diversas prácticas de apropiación, violentas en general, una de las cuales consistió en su vaciamiento humano” (Navarro Floria, 2011: 207). La imposibilidad de ubicar a estos territorios y sus habitantes dentro de los marcos jurídicos y legales del Estado reducirá la existencia de los pueblos originarios a la imagen visible de la alteridad condensada en lo “salvaje”, en tanto lugar de la diferencia y contracara del orden civilizatorio.
De esta manera, el programa político de la elite dominante se enfocará en resolver la irremediable distancia entre el ansiado “progreso indefinido” y la realidad material de la geografía argentina. Por ello, la transformación en la conceptualización de los territorios no estatales en la imagen del “desierto” resultó una salida posible para disolver esta brecha. La atribución de un discurso de adscripciones negativas acerca del espacio –a través del binomio “desierto”/ “salvaje”- movilizará la crítica a la situación existente con el fin de anticipar y legitimar las acciones destinadas a transformar su condición. Tras la “conquista militar”, el “desierto” dejará de ser un lugar exótico y peligroso para pasar a constituir un territorio árido y despoblado capaz de ser modificado por la acción civilizatoria. Aquí, no solo se invierte la representación inicial del espacio sino que además, se resignifica discursivamente su simbología atribuyendo a su condición nuevas valorizaciones. Esta reconversión en las representaciones constituye un ejemplo manifiesto de los mecanismos de marginalidad propios de la época al que recurrentemente asistirá la acción estatal cuando se disponga a nombrar, suprimir, atribuir y delimitar los contornos de la ciudadanía y la exclusión política.
Vemos entonces, como la situación de los pueblos originarios se encuentra atravesada por una heterogeneidad de prácticas y formas de exclusión que exceden los límites de la exclusión política. A la privación de ciertos derechos se suma la eliminación física y el genocidio como forma de exclusión destinada a la erradicación total y completa de la comunidad (Karsz, 2004).
Si bien existen estrechas similitudes con la situación de las comunidades indígenas, el caso de los inmigrantes arroja algunas distinciones significativas. Para la gestación de la república constitucional en 1953, tanto Alberdi como Sarmiento, coincidirán en la necesidad de “poblar” el extenso espacio del territorio nacional. Esta expresión surgirá como aditamento de la estimulación del arribo al país de la inmigración europea, aquella masa que se suponía llegaría con rasgos industriosos y formados en los principios de ciudadanía moderna. Empero, la pretendida imagen “ideal” del extranjero se fue diluyendo para dar paso a un inmigrante de procedencia rural y portador de las ideologías políticas del movimiento obrero europeo de la época. Advertido de esto, para fines del siglo XIX, será la elite dirigente la que rápidamente subvierta la valorización primigenia y genere una resignificación en las representaciones ante la latente “amenaza” que constituían estos grupos para la endeble identidad nacional. En este sentido, Villavicencio (2003) sostiene que las razones de la exclusión del extranjero se fundan en términos de poder político y derechos legales, representando su figura un elemento de consolidación o de peligro para el poder de los grupos dominantes.
En relación al colectivo de mujeres y los habitantes de los Territorios Nacionales se pueden avizorar rasgos en común vinculados a la cristalización temporal de argumentaciones justificatorias de la negación en el ejercicio pleno de los derechos políticos (Ruffini, 2007). Aquí, la modalidad de exclusión se vincula con la atribución de un estatuto especial que permite “estar” y coexistir en la comunidad, pero a partir de la privación de ciertos derechos (Karsz, 2004). En el caso de los habitantes de los territorios, la consecución de la autonomía gradual como requisito de acceso a la ciudadanía política se constituyó en un artilugio constitucional cristalizado e ineficaz. Su situación jurídica y civil no se resolverá hasta luego de la ocupación del espacio por la fuerza estatal (Leoni, 2001) a través de la “conquista” y la efectiva materialización de la provincialización de estos territorios.
Por otra parte, desde principios del siglo XX el movimiento sufragista organizado por diversos sectores políticos instalaron en el espacio público la discusión acerca de la reivindicación de los derechos de la mujer. En este sentido, la sanción de la ley Sáenz Peña (1912) lejos estuvo de resolver las demandas de este colectivo, antes bien, su promulgación debe relacionarse con la necesidad apremiante del Estado por contener la cada vez mayor conflictividad político-social. Al ligar el derecho al sufragio con el deber del servicio militar (Valobra, 2010) se hizo manifiesta la incongruencias de esta ley y su imposibilidad de dar respuesta a la construcción de un concepto de ciudadanía inclusivo y universal. En virtud de ello, la efectiva sanción de los derechos políticos de la mujer en el año 1947 surge como parte de un intento de reparación del lugar de subalternidad por el que atravesó respecto de la restricción en los derechos políticos y la imposibilidad de participar de los actos electorales. Claro está, el cercenamiento de estos derechos solo comprende una de las dimensiones vulneradas en cuanto a su condición ciudadana. Para la época, portar los atributos del género femenino, residir en los territorios nacionales y pertenecer a las comunidades indígenas pareciera revelar el grado máximo de marginalidad y exclusión en la Argentina de principios del siglo XX (Ansaldi, 1999).
En suma, todos estos destinatarios compartirán, salvando las distancias antes descriptas, múltiples formas de exclusión y mecanismos de marginalidad que hicieron de su condición humana un culto de la alteridad y el desprecio por la diferencia.
En la Argentina actual el proceso de construcción de la ciudadanía renueva sus discusiones y nos invita a pensar el entramado societal en el que se asientan los sistemas políticos democráticos. En las últimas décadas, las aspiraciones del régimen democrático tendiente a lograr un orden social más justo e igualitario se ha visto socavada por nuevos tipos y formas de exclusión que ponen al descubierto la endeble y frágil consistencia de los sistemas legales sobre los que se ampara la ciudadanía contemporánea. La institucionalización de las democracias actuales acarrean una serie de dificultades para establecer, respaldar y garantizar el ejercicio pleno de los derechos de amplios colectivos sociales. Asimismo, los desafíos introducidos por la dinámica del mundo globalizado junto al debilitamiento del papel referencial del Estado Nacional, plantean nuevos problemas en torno al resguardo y la reivindicación de los derechos civiles, políticos y sociales de la población.
Al respecto, podemos decir que el régimen democrático es un componente central de la democracia, pero no agota su significado puesto que interviene en su configuración un modo específico de vinculación entre el Estado y la sociedad civil. Para ser tal, este régimen se afirma sobre una concepción particular del ser humano en tanto ciudadano y agente (O’Donnell, et al., 2003). Esta argumentación tiene implicancias importantes para pensar los procesos de ciudadanización y con ella, la efectividad –o no- que adquieren en la coyuntura histórica actual las políticas públicas destinadas a combatir la exclusión y promover la igualdad social. En otras palabras, el concepto de ciudadanía se presenta ante nosotros como un elemento permeable y dinámico, factible de ser resignificado por la acción de la sociedad civil.
De este modo, el proceso de globalización torna difuso y contradictorio los atributos de igualdad pregonados por la ciudadanía. La desregulación de los mercados y la apertura indiscriminada de la economía producen la erosión de los lazos de filiación y pertenencia, desgastado el tejido social a través de fuertes mecanismos de desarticulación de la dimensión colectiva de las democracias. Percatarnos de estas mutaciones es quizás el primer paso para revertir las lógicas excluyentes y caminar hacia una ciudadanía inclusiva, hospitalaria y fortalecida por la participación comunitaria y la organización política.
En definitiva, la cuestión radica en disputar los sentidos de la ciudadanía en la arena de “lo público” para contrarrestar toda forma de dominación política que intente a través del Estado legitimar la imposición coercitiva de la marginación y la exclusión de ciertos segmentos sociales considerados “disruptivos” para el proyecto hegemónico imperante.
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